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El BBVA reclama a una anciana de Ayamonte 167.000 euros por una deuda de su exmarido

El BBVA reclama a una anciana de Ayamonte 167.000 euros por una deuda de su exmarido

Una vecina de Ayamonte (Huelva) de 70 años se enfrenta al pago de 167.000 euros que le reclama el BBVA, por un crédito que firmó a instancias de su exmarido, encarcelado por estafa, y que el banco le sigue reclamando a pesar de haber ganado ella el caso en primera instancia.

La afectada, Manuela Barroso, firmó el préstamo a instancias de su marido, como quedó demostrado en el juicio, según ha explicado a Efe su abogado, Manuel Arenas, que concreta que todo ocurrió hace 25 años, “y la abandonó dejándola en la ruina, pero la entidad le reclama esa cantidad ahora, a pesar de que ella es pensionista y carece de bienes para hacer frente a lo que pide la entidad”.

Arenas ha concretado que el Juzgado de Primera Instancia de los de Ayamonte ha dado la razón a la mujer, al entender que, además de que desconocía lo que había firmado, “no quedó acreditado que el BBVA fuese el titular del crédito”.

Se trata de una deuda que se habría firmado con el Banco de Financiación Industrial, que en 1989 absorbe al Banco del Comercio, y después fue absorbido por el BBVA en el año 2000, asumiendo, de esta forma, todas las operaciones bancarias en vigor, incluido el préstamo que ha dado origen a este proceso judicial.

En el juicio, el BBVA no pudo acreditar que ese crédito había pasado a su propiedad con la firma de la fusión, de modo que la denuncia fue desestimada.

Por su parte, en el recurso presentado, el BBVA argumenta que el préstamo concedido fue traspasado a este banco como parte del proceso de fusión, señalando que en su día fue publicado con detalle en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con lo que habría quedado plenamente informado cualquier interesado de ese proceso.

El banco considera en el mismo escrito que no tienen que acreditar documentalmente que es el titular del crédito, sino que el crédito en cuestión “es parte del paquete de la fusión”, a pesar de que en el primer proceso fue desestimada su petición porque “no han acreditado la legitimación activa”.

La defensa de la mujer se basa, entre otras cosas, en sentencias anteriores del Tribunal Supremo, que señalan, según Arenas, que “cuando una deuda es tan antigua que se pudiera pensar que ya no se va a reclamar nunca, en algunas ocasiones es desleal intentar hacerlo”, ha señalado Arenas.

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